II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 26/2022 de 4 de abril (fs. 49 a 64), el Juzgado de Sentencia en lo Penal N° 4 de la Capital, del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró a Edgar Edmundo Cuevas Colque y Verónica Miranda Choque, absueltos de la comisión del delito de Estelionato, previsto y sancionado por el art. 337 del CP; y autores por el delito de Estafa, tipificado por el art. 335 en relación al art. 20 ambos del CP, imponiendo una sanción de dos años y seis meses de reclusión y alternativamente una multa de sesenta días a razón de Bs.1.- por día.
II.2. Apelación restringida.
Contra la mencionada Sentencia, los imputados formularon recurso de apelación restringida (fs. 68 a 72), resuelto por el Auto de Vista 130/2022 de 20 de octubre (fs. 136 a 140), pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, que declaró improcedente el recurso planteado; y, en consecuencia, confirmó la Sentencia condenatoria impugnada.
