II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 08/2022 de 13 de abril (fs. 314 a 339), el Tribunal de Sentencia Primero de las provincias Hernando Siles y Luís Calvo, Juzgado de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Monteagudo del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declaró a Mario Maldonado Sandoval, autor y culpable de la comisión del delito de Lesiones Graves y leves, previsto y sancionado por el art. 271 del CP, imponiendo la pena de un año y seis meses de presidio y el cumplimiento de las instrucciones previstas por el art. 82 de la Ley 348 por el mismo período de tiempo, más el pago de costas a favor del Estado, siendo beneficiado con el perdón judicial; asimismo, lo absolvió de la comisión del delito de Feminicidio en grado de Tentativa, tipificado por el art. 252 Bis en relación al art. 8 del CP, en razón a que los medios de prueba no fueron suficientes.
II.2. Apelación restringida.
Contra la Sentencia, la querellante María Ortíz Mendoza, formuló recurso de apelación restringida (fs. 356 a 379), a la que se adhirió el Ministerio Público (fs. 382); además, del Servicio Legal Integral Municipal de Monteagudo (fs. 391 y vta.), que fueron resueltos por Auto de Vista 462/2022 de 24 de octubre, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, que declaró procedente el recurso planteado y la adhesión del Ministerio Público; en consecuencia, anuló la Sentencia apelada, disponiendo la reposición del juicio por otro Tribunal de sentencia.
