POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num.1) de la Ley del Órgano Judicial, en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación cursante de fs. 278 a 282, interpuesto por Francisco Edmundo Vaca Cuellar contra el Auto de Vista Nº 142/2022 de 29 de julio, cursante de fs. 271 a 273 pronunciado por la Sala Civil Mixta de Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia del Beni. Asimismo, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación saliente de fs. 288 a 291, interpuesto por Rebeca Gil Tipa, con relación al citado Auto de Vista.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.