AS/0778/2022
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0778/2022

Fecha: 05-Dic-2022

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

Sentencia.

La Juez de Trabajo y Seguridad Social Nº 3 de La Paz, emitió la Sentencia Nº 90/2021 de 17 de mayo, de fs. 212 a 215, que declaró PROBADA la excepción perentoria de pago, respecto de los pagos realizados a cuenta de la liquidación final mediante planillas de fs. 55 a 72; PROBADA en parte la demanda fs. 31 a 33, subsanada de fs. 36 a 37 sin costas; disponiendo que la Congregación Cristiana “VIDA NUEVA”, a través de su representante, pague a favor de la demandante la suma de Bs140.620,92.- por concepto de indemnización, duodécimas aguinaldo Esfuerzo por Bolivia 2018 y multa, vacación, 11 días de salario de diciembre de 2018 y más multa del 30%, detallados en la liquidación de la Sentencia; más la actualización y reajuste previsto por el art. 9 del Decreto Supremo (DS) Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, que deberá ser calculado en ejecución de sentencia.

Auto de Vista.

En conocimiento de la Sentencia, la Congregación Cristiana “VIDA NUEVA”, por memorial de fs. 223 a 226; y María Ángela Tapia Arce, por memorial de fs. 227 a 229, interpusieron recurso de apelación, que fue resuelto por el Auto de Vista Nº 42/2022 de 18 de febrero de fs. 246 a 248, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que CONFIRMÓ la Sentencia de primera instancia, sin costas por ser ambas partes recurrentes.