I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
Sentencia
Tramitado el proceso laboral de pago de beneficios sociales y otros derechos, el Juez de Trabajo y Seguridad Social Quinto de la ciudad de La Paz, emitió la Sentencia N° 91/2020 de 19 de marzo de 2021, de fs. 102 a 106, declarando PROBADA en parte la demanda de fs. 9 a 11, subsanada a fs. 14 a 15 y 17 a 18; e improbada la excepción perentoria de prescripción, opuesta mediante memorial de fs. 23 a 26 , disponiendo que la parte demandada pague en favor de la demandante el pago de derechos laborales, correspondientes a indemnización, vacación, saldo de aguinaldo gestión 2018 por regulación salarial, Segundo aguinaldo esfuerzo por Bolivia gestión 2018, bono de antigüedad, más multa por incumplimiento de pago segundo aguinaldo gestión 2018 y multa de 30%, en la suma de Bs.155.796,18 (Ciento cincuenta y cinco mil setecientos noventa y seis 18/100 bolivianos), sin costas.
Auto de Vista
Contra la Sentencia N° 91/2020, Esteban Roberto Flor de la Riva Zambrana y María Cristina Mercado Álvarez, interpusieron recurso de apelación de fs. 108 a 110, resuelto a través de Auto de Vista N° 09/2022, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contencioso Administrativa Tercera, del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que CONFIRMÓ en su integridad la Sentencia N° 91/2020.
