POR TANTO
La Sala Social, Administrativa Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por el art. 184-1 de la CPE y 42-I numeral 1 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), ANULA obrados hasta el sello de sorteo de fs. 959 vta., disponiendo que el Tribunal de alzada, sin espera de turno ni dilación alguna, bajo responsabilidad, emita nuevo Auto de Vista, observando el debido proceso en sus vertientes de motivación y fundamentación, considerando la norma observada, en mérito a los parámetros establecidos en la presente Resolución.
Sin multa por ser excusable.
Por Secretaría de Sala, cúmplase con lo previsto en el art. 17-IV de la Ley del Órgano Judicial, sin que implique la organización de proceso administrativo alguno.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
- Encabezado
- CONTENIDO ADICIONAL
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN
- 1. Aplicación indebida del DS N° 23318-A, que regula los procesos administrativos de los servidores públicos independientemente del régimen laboral al que estuviesen acogidos.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS, LEGALES Y DOCTRINALES APLICABLES AL CASO CONCRETO
- POR TANTO
