AS/1784/2022-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1784/2022-RRC

Fecha: 05-Dic-2022

ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD

), y 1399/2022 de 27 de octubre (que dispuso aceptar el desistimiento de la acción formulada por Alexander Rodríguez Ramos) corresponde el análisis de fondo de los motivos concernientes al recurso de Lursi Sirle Valdez Reyes.

III.1. Como primer motivo, la recurrente manifiesta que el Tribunal de alzada, incurrió en falta de fundamentación y motivación en relación al debido proceso, pues en apelación restringida denunció la inobservancia o errónea aplicación del art. 365 párrafo 7 del CPP; sin embargo, la Resolución impugnada realiza una transcripción de los arts. 253 del CPP y 71 de la Ley 1008 y algunos antecedentes del caso; empero, del fundamento del Auto de Vista impugnado se evidencia que se trata de uno arbitrario, diferente incluso a los agravios puestos a consideración. Invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 49/2012 de 16 de marzo.

III.2. En el segundo motivo, se denunció que la Sala de apelación, dejando de lado la decisión asumida en el Auto Interlocutorio de 16 de abril de 2021, no realizó un análisis de lo manifestado en cuanto al supuesto de inobservancia y errónea aplicación de la norma penal sustantiva, que reclamaba que la Sentencia “ante la ausencia de una acción de perdida de dominio que debió ser iniciada por el Ministerio Público, consideró pertinente disponer la anotación preventiva del vehículo utilizado para la comisión del delito y su posterior confiscación definitiva.’ hecho que en la realidad jurídica; implica aplicar una sanción de carácter real y definitiva en contra del legítimo propietario…sin que este haya tenido participación siquiera el hecho criminoso que fue objeto de juicio” (sic). Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 315/2006 de 25 de agosto, 349/2006 de 28 de agosto y 314/2006 de 25 de agosto.