III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De acuerdo al Auto Supremo Nº 869/2022-RA de 22 de julio, corresponde el análisis de fondo del siguiente motivo:
El recurrente refiere que en apelación formuló como agravio: que el Tribunal de Sentencia no realizó la tarea de valoración que le correspondía, por lo que mal se podría hablar de quebrantamiento de la sana crítica, que sólo es aplicable al supuesto de una valoración ya efectuada. En ese sentido, el Tribunal de Alzada omitió pronunciarse sobre las cuestiones planteadas en el recurso de apelación y se limitó a señalar que la prueba incriminatoria no fue suficiente, no comprendiéndose porque motivo se quebrantó el derecho a obtener una decisión judicial clara y fundada.
