III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De acuerdo al Auto Supremo 1148/2022-RA de 26 de septiembre de 2022 (fs. 585 a 588 bis.), corresponde el análisis de fondo de los siguientes motivos:
Como primer motivo el recurrente alega que el Auto de vista incurrió en falta de fundamentación y motivación, pues no emitió respuesta alguna referente a los elementos que deben existir para que los hechos se adecuen a la tentativa de Violación. Ingresando en contradicción con los AS 133/2017-RRC de 21 de febrero, 436/2006 de 20 de octubre, 017/2014-RRC de 24 de marzo, 368/2012-RRC de 5 de noviembre, 319/2012-RRC de 04 de diciembre, 897/2017-RRC de 14 de noviembre y 907/2017-RRC de 20 de noviembre.
En el segundo motivo reclamó que el Auto de Vista incurre en el defecto de falta de fundamentación, al momento de dar respuesta al segundo motivo de su recurso de apelación, pues se dio una respuesta genérica al reclamo sobre si los hechos probados se subsumen a lo previsto por el art. 8 con relación al art. 380 del CP y sobre la concurrencia de los elementos de tentativa y Violación. Contraviniendo la doctrina de los AS 368/2012-RRC de 5 de noviembre, 319/2012-RRC de 4 de diciembre y 907/2017 de 20 de noviembre.
Como tercer motivo arguyó que el Tribunal de alzada no da una respuesta fundamentada y motivada al atender el agravio referido a la errónea valoración de la prueba, pues en apelación se habría reclamado el incumplimiento de lo previsto del art. 173 del CPP en relación a la valoración armónica de toda la prueba y el Tribunal de alzada incumplió su labor de control en relación a la valoración integra de todas las pruebas pues las mismas habrían demostrado el grado de inimputabilidad del acusado; contraviniendo los AS 397/2014-RRC de 18 de agosto, 319/2012-RRC de 4 de noviembre, 825/2017-RRC de 30 de octubre, 907/2017-RRC de 20 de noviembre, 897/2017-RRC de 14 de noviembre y 286/2013-RRC de 22 de julio.
Como cuarto motivo arguyó que, el Auto de Vista incurrió en la falta de fundamentación al atender el reclamo sobre la inimputabilidad del acusado pues tendría un déficit de comprensión y el nivel más bajo de lo normal del coeficiente intelectual (CI); contraviniendo los AS 368/2012-RRC de 5 de noviembre, 319/2012-RRC de 4 de diciembre y 907/2017-RRC de 21 de noviembre.
- Encabezado
- I. DATOS GENERALES
- II. ANTECEDENTES
- III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- IV. FUNDAMENTOS DE LA SALA
- II. El sistema judicial de valoración de la prueba penal vigente en el país otorga a los jueces y tribunales de sentencia la libre valoración de las pruebas; sin embargo, esta libre valoración de ningún modo puede ser arbitraria y, por lo mismo, debe
- POR TANTO
