POR TANTO
La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los artículos 184. 1 de la Constitución Política del Estado y 42. I. 1 de la Ley del Órgano Judicial Nº 025 de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 220.II del Código Procesal Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo y la forma de 94 a 99, interpuesto por Walker Martínez Subirana, contra el Auto de Vista Nº030/2021 de 12 de marzo, de fs. 67 a 68, pronunciado por la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social, Administrativa y Especializada Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Beni.
Se regula costos en favor de la demandante, en la suma de Bs 2.000.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
