Auto Supremo AS/0016/2022-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0016/2022-RA

Fecha: 01-Feb-2022

III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

Manifiesta la recurrente que:

El Auto de Vista impugnado no cuenta con la debida fundamentación, pues no existiría una explicación o justificación racional y completa acerca de los agravios esgrimidos en el recurso de apelación, limitándose a remitirse a los antecedentes del fallo y de los argumentos recursivos, desestimando la pretensión basada en los antecedentes de la sentencia, sin ninguna aportación racional y jurídica que emerja del razonamiento judicial.

El Auto de Vista impugnado convalida una sentencia condenatoria en la que la ley sustantiva, prevista en el artículo 357 del CP es erróneamente aplicada, así como el defecto de la sentencia previsto en el artículo 370.1, señalando que, para individualizar la conducta penalmente reprochable debe tomarse en cuenta la participación y responsabilidad penal que haya tomado en el hecho el sujeto activo del ilícito en base a prueba indubitable cursante en los antecedentes del juicio, pues en el juicio oral se hubiere demostrado el movimiento de un material de construcción de un lugar a otro, sin causar algún daño a la cosa, cuando el tipo penal exige un daño, destrucción o inutilización de la cosa, empero, habría sido declarado autor del delito de daño simple.