POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial, CASA el Auto de Vista Nº 13/2021 de 08 de julio, de fs. 1836 a 1840, emitido por la Sala Social, Seguridad Social, Administrativa, Contenciosa, Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija y deliberando en el fondo declara PROBADA la demanda Coactivo Fiscal de fs. 164 a 165 aclarada por memorial de fs. 168 a 169, y se determina la Responsabilidad Civil de los Coactivados Empresa Constructora CIABOL Ltda., representada por Manuel Fidel Cuevas Velásquez, en forma solidaria con la Empresa ECOVIANA SRL, representada por Gustavo Félix Leyton Avilés y contra Norman Eduardo López Magna, por el importe de Bs.212.137,74, equivalente a $us.26.319,82, más interés legal que debe ser cancelado en favor de la entidad Coactivante Gobierno Autónomo Municipal de Villa Montes, bajo conminatoria de Ley.
Se ordena que el Juez de Origen emita el correspondiente Pliego de Cargo contra los Coactivados para su ejecución.
Sin costas ni costos en aplicación de los arts. 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990 y 52 del DS Nº 23215 de 22 de julio de 1992.
- Fragmento 1
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 28
- Sucre, 22 de febrero de 2022
- Expediente:
- Demandante:
- Demandados:
- Proceso:
- Distrito:
- Magistrado Relator:
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- Sentencia.
- IMPROBADA
- Auto de Vista.
- CONFIRMÓ
- Admisión.
- II. FUNDAMENTOS DEL RECURSOS DE CASACIÓN:
- En el fondo
- En la forma.
- Petitorio.
- CASANDO
- Contestación a la casación
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cú
