FUNDAMENTOS DE LA EXCEPCIÓN OPUESTA Y DEL MEMORIAL DE DESISTIMIENTO
Adalid Jonas Vargas Ibáñez, manifiesta que por el documento privado de acuerdo transaccional y conciliación, suscrito entre Rosendo Mosquera Aguilar y su persona, el 24 de enero de 2022, con reconocimiento de firmas y rúbricas ante el Notario de Fe Pública Nº 12 de Quillacollo Cochabamba, acredita que en la vía de transacción y conciliación se ha reparado en su totalidad el daño causado a la víctima; en cuyo mérito, ampara su excepción en los arts. 308 núm. 4 en relación al art. 27 núm. 5 y 7 y 292, todos del Código de Procedimiento Penal (CPP), que prevé que las partes podrán oponerse a la acción penal, mediante la extinción de la acción penal, por la reparación integral del daño particular o social causado, sea por vía de la transacción o por la conciliación, sobre todo en los delitos de contenido patrimonial o en los delitos culposos que no tengan por resultado la muerte, siempre que lo admita la víctima o el fiscal según el caso.
Solicita, se dé curso a su solicitud de excepción de extinción de la acción penal por transacción y conciliación emergente de la reparación integral del daño causado a la víctima, conforme prevé las normas legales ya citadas; en cuyo mérito, adjunta en copia legalizada el documento referido, evidenciándose que reparó totalmente el daño ocasionado a la víctima en cuanto le concierne, por lo que pide la aceptación y homologación del documento y se declare probada la excepción y extinguida la acción penal y posterior archivo de obrados.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA PENAL
- AUTO SUPREMO Nº 054/2022-RA
- Sucre, 03 de febrero de 2022
- EXCEPCIÓN DE CONCILIACIÓN
- Proceso:
- I. DATOS GENERALES
- FUNDAMENTOS DE LA EXCEPCIÓN OPUESTA Y DEL MEMORIAL DE DESISTIMIENTO
- MARCO NORMATIVO Y JURISPRUDENCIAL PARA EL ANÁLISIS DE LA EXCEPCIÓN OPUESTA
- III.1. En cuanto a la excepción opuesta.
- En este sentido, es menester dejar establecido que, la autoridad competente para asumir el conocimiento y resolver los incidentes de extinción de la acción penal, ya sea por duración máxima del proceso o por prescripción, es el juez o Tribunal donde radica la causa principal
- Fragmento 12
- Conciliació
- I.
- Regístrese y hágase saber.
- FDO.
- Magistrado Presidente Dr. Edwin Aguayo Arando
- Magistrado Dr. Olvis Eguez Oliva
- Secretario de Sala Penal M.Sc. Rommel Palacios Guereca
