Auto Supremo AS/0054/2022-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0054/2022-RA

Fecha: 03-Feb-2022

FUNDAMENTOS DE LA EXCEPCIÓN OPUESTA Y DEL MEMORIAL DE DESISTIMIENTO

Adalid Jonas Vargas Ibáñez, manifiesta que por el documento privado de acuerdo transaccional y conciliación, suscrito entre Rosendo Mosquera Aguilar y su persona, el 24 de enero de 2022, con reconocimiento de firmas y rúbricas ante el Notario de Fe Pública Nº 12 de Quillacollo Cochabamba, acredita que en la vía de transacción y conciliación se ha reparado en su totalidad el daño causado a la víctima; en cuyo mérito, ampara su excepción en los arts. 308 núm. 4 en relación al art. 27 núm. 5 y 7 y 292, todos del Código de Procedimiento Penal (CPP), que prevé que las partes podrán oponerse a la acción penal, mediante la extinción de la acción penal, por la reparación integral del daño particular o social causado, sea por vía de la transacción o por la conciliación, sobre todo en los delitos de contenido patrimonial o en los delitos culposos que no tengan por resultado la muerte, siempre que lo admita la víctima o el fiscal según el caso.

Solicita, se dé curso a su solicitud de excepción de extinción de la acción penal por transacción y conciliación emergente de la reparación integral del daño causado a la víctima, conforme prevé las normas legales ya citadas; en cuyo mérito, adjunta en copia legalizada el documento referido, evidenciándose que reparó totalmente el daño ocasionado a la víctima en cuanto le concierne, por lo que pide la aceptación y homologación del documento y se declare probada la excepción y extinguida la acción penal y posterior archivo de obrados.