Auto Supremo AS/0095/2022-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0095/2022-RA

Fecha: 14-Feb-2022

Partes: Bertha Pacheco Salazar Vda. de Condarco c/ Doris Norka Condorcet Laime de Acosta, Luis Adolfo Acosta Ortega y los herederos de Alejandrina, Elba, Jorge Pedro y Dora Bustillos Miranda y María Norma Quiroga Tellez Vda. de Bustillos

Proceso: División y partición de cosa común

Distrito: Oruro

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 1425 a 1428, interpuesto por María Norma Quiroga Tellez Vda. de Bustillos contra el Auto de Vista Nº 40/2022 de 03 de enero, corriente en fs. 1409 a 1414 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, en el proceso de división y partición de cosa común, seguido por Bertha Pacheco Salazar contra Doris Norka Condorcet Laime de Acosta, Luis Adolfo Acosta Ortega y los herederos de Alejandrina, Elba, Jorge Pedro y Dora Bustillos Miranda y la recurrente, la contestación de fs. 1436 y vta., el Auto de concesión Nº 17/2022 de 03 de febrero, visible a fs. 1437, los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Bertha Pacheco Salazar Vda. de Condarco por memorial de fs. 31 a 34 y subsanado a fs. 109, 117 y 159 vta., inició proceso ordinario de división y partición de cosa común contra Doris Norka Condorcet Laime de Acosta, Luis Adolfo Acosta Ortega y otros, quienes una vez citados mediante escrito de fs. 265 a 268 vta., Doris Norka Condorcet Laime de Acosta, contestó negativamente a la demanda; por memoriales de fs. 297, 299, 301 y 309; Eduardo Saavedra Acha y Nancy Ruth Saavedra de Bustillos; Isabel Forrado Claros, Marco Omar, Jorge Ruben y Marcelo Ronald estos tres Bustillos Forrado; y Nestor Edgar Condarco Bustillos y Rafael Fabricio Aguilar Bustillos, respectivamente se apersonaron y contestaron afirmativamente a la demanda; también consta que Luis Rodolfo Acosta Ortega y Altinia Aguilar Bustillos fueron declarados rebeldes; desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión de la Sentencia N° 42/2021 de 20 de agosto, cursante de fs. 1335 a 1347 y vta., en la que el Juez Público Civil y Comercial 12° de la ciudad de Oruro, declaró PROBADA en parte la demanda.