Auto Supremo AS/0115/2022-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0115/2022-RA

Fecha: 15-Feb-2022

b)

b) Infracción a lo dispuesto en el art. 180.I de la Constitución Política del Estado, art. 1 num. 16 y 134 de la Ley N° 439 en cuanto al principio de verdad material, al momento de emitir el Auto de Vista N° 1/2022. Si bien es cierto que la verdad material debe ser antepuesta a la verdad formal, dicha fórmula tiene límites los cuales deben ser tomados en cuenta por los juzgadores; Denuncia transgresión del debido proceso en sus vertientes de preclusión, seguridad jurídica, legalidad, principio de inmediación, derecho a la defensa, admitiendo el diligenciamiento de prueba fuera de todo procedimiento, imponiendo la validez de un documento pericial que de principio no llegó a ser admitido como elemento de prueba y por ende no se corrió en traslado.