2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la diligencia de notificación a fs. 432, se observa que los recurrentes fueron notificados el 06 de diciembre de 2021 y presentaron su recurso de casación el 18 de enero del presente, tal cual se observa del timbre electrónico a fs. 434; por lo que se infiere que dicho medio impugnatorio fue presentado en el plazo previsto por el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir, dentro de los 10 días hábiles. (Considerando la vacación judicial a razón del circular Nº 8/2021 de fs. 455 comprendida entre el 07 de diciembre de 2021 y 03 de enero de 2022 y la suspensión de actividades por circular Nº 2/2022 de fs. 460 de los días 13 y 14).
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- S A L A C I V I L
- Auto Supremo: 119/2022-RA
- Fecha:
- Expediente:
- Partes:
- Proceso:
- Distrito:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I:
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 1.
- 2.
- 3.
- CONSIDERANDO II:
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1. De la resolución impugnada.
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
- 3. De la legitimación procesal.
- 4. Del contenido del recurso de casación.
- Forma.
- a)
- Fondo.
- b)
- c)
- POR TANTO:
- Fragmento 27
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
