2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), Wilson Cosme Suarez Espinoza y Elsa Maribel Calvimontes Olmos de Suarez fueron notificados el 23 de noviembre de 2021, conforme la papeleta de notificación a fs. 575, y presentaron su recurso de casación el 03 de enero de 2022, conforme el timbre electrónico cursante a fs. 584, aclarando que los plazos procesales en el Distrito de Cochabamba fueron suspendidos por la vacación anual y colectiva llevada adelante a partir del 07 de diciembre del 2021 al 31 del mismo mes y año, por lo que haciendo un cómputo se infiere que dicho medio impugnatorio fue presentado en el plazo previsto por el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir, dentro de los 10 días hábiles computados a partir de la notificación con el Auto impugnado.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA CIVIL
- Auto Supremo: 125/2022-RA
- Fecha:
- Expediente:
- Partes:
- Proceso:
- Distrito:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I:
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 1.
- 2.
- 3.
- CONSIDERANDO II:
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1. De la resolución impugnada.
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
- 3. De la legitimación procesal.
- 4. Del contenido del recurso de casación.
- a)
- b)
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
