CONSIDERANDO II:DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
En la forma
1. Acusó que el Tribunal de alzada omitió considerar los agravios del recurso de apelación interpuesto por los hijos de German Marcio Labraña Ortiz, quienes, si bien son menores de edad, aun así, son sujetos de derecho, razón por la que debió compulsarse la expresión de agravios inserta en el memorial de 19 de octubre de 2019 (los cuales transcribe in extenso); empero, en el caso de autos, no fueron revisados por el Ad quem atentando el derecho a la defensa.
En el fondo
1. Denunció que el Ad quem omitió la valoración del acuerdo conciliatorio transaccional de 2 de diciembre de 2021, en virtud del cual se demostró que la recurrente carece de legitimación pasiva para comparecer en este proceso, toda vez que, a través del referido documento, las obligaciones pendientes con el actor fueron asumidas voluntariamente por el co-demandado German Marcio Labraña Ortiz.
2. Reclamó que el Tribunal de apelación incurrió en una escueta fundamentación que omite las reglas de la valoración probatoria establecidas en el art. 145 del CPC, toda vez que ignora la compulsa del documento conciliatorio transaccional de fs. 76 a 79 vta., que constituye prueba esencial para este proceso.
Con base en estos argumentos, solicitó se dicte Auto Supremo casando el Auto de Vista impugnado y, por consiguiente, se emita nueva sentencia que dirima correctamente la litis que los atañe.
Respuesta al recurso de casación
No cursa contestación al recurso de casación.
