IV. FUNDAMENTOS DE LA SALA
En el caso presente, por un lado, el imputado plantea a través de su recurso de casación la ausencia de pronunciamiento al absolver el agravio relacionado a la defectuosa valoración de la prueba (MP-13 y MP-15), vulnerándose así su derecho a la debida fundamentación porque no existe valoración de tal prueba; y por otro, la Universidad Amazónica de Pando denuncia que el Auto de Vista impugnado se limitó a realizar una copia del Auto Supremo 49/2016 de 21 de enero, sin brindar una respuesta fundamentada al agravio denunciado en apelación referido a una defectuosa valoración de la prueba e invocó el Auto Supremo 5 de 26 de enero de 2007 como precedente contradictorio; por lo que corresponde a esta Sala Penal resolver los recursos interpuestos cumpliendo las exigencias de fundamentación y motivación.
