CONSIDERANDO I
I.1. Antecedentes de hecho.
Que la Directora de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, remite copia de la nota REB. Na 318 de 1 de septiembre de 2021, proveniente de la Embajada de la República Argentina, en la cual se solicita la detención preventiva con fines de extradición del ciudadano colombiano Luis Eduardo Durán Fajardo por los delitos de tráfico de estupefacientes, en el marco del Tratado de Extradición entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la República de Argentina de 22 de agosto de 2013, ratificado mediante Ley de 24 de agosto de 2015, en Bolivia y por Ley N°. 27.022 de 17 de diciembre de 2014, en Argentina; adjuntando al efecto la solicitud del Juez de 1era Instancia del Juzgado Penal Económico N° 8, Gustavo Darío Meirovich, de proceder a efectuar en los términos del art. 20 del tratado de Extradición entre la República Argentina y el Estado Plurinacional de Bolivia (Ley 27.022), la detención preventiva con fines de extradición a Argentina, del ciudadano colombiano: LUIS EDUARDO DURAN FAJARDO con pasaporte N° AN824742, con fecha de nacimiento 17 de abril de 1970.
