CONSIDERANDO IV
En el caso de autos y conforme dispone el art. 29 num. 2) del Acuerdo sobre Extradición entre los Estados partes del MERCOSUR, de 10 de diciembre de 1998, la documentación presentada consta de los siguientes actuados: (i) formulario de solicitud de extradición (fs. 26 y 7-10), describiendo la identificación del requerido, su posible ubicación, un resumen de los hechos, la figura penal y las garantías presentadas por el Estado brasileño, (ii) Orden de detención (fs. 11-12 y 13), que contiene datos del proceso y del requerido, además de la disposición de su detención, (iii) Auto de calificación (fs. 14-18 y 19-23), en el que el representante del Ministerio Público hace una descripción y calificación del proceso.
Por lo expuesto, se evidencia que fueron cumplidos los requisitos exigidos por el Tratado de Extradición suscrito entre Brasil y Bolivia de 25 de febrero de 1938 y aprobado mediante Ley de 18 de abril de 1941, así como lo pactado en el Acuerdo sobre Extradición entre los Estados partes del MERCOSUR, de 10 de diciembre de 1998, del cual son parte el Estado Plurinacional de Bolivia y la República Federativa del Brasil; asimismo, se adjunta a la solicitud copia de las disposiciones legales en las que se funda la acción penal llevada a cabo contra el sujeto extraditable, además se evidencia que los delitos por los que es acusado, constituyen también delitos en la legislación penal boliviana, bajo la denominación “Tráfico de sustancias controladas”, en el art. 48 del título III) de la Ley N° 1008, cumpliéndose de esta forma el requisito previsto en el art. 150 del Código Procesal Penal Boliviano; por consiguiente, resulta procedente disponer lo requerido.
Conforme al Acuerdo sobre Extradición suscrito entre los Estados parte del MERCOSUR y la República de Bolivia y la República de Chile, en concordancia con el art. 154 del Código de Procedimiento Penal Boliviano (CPPB), faculta a este Tribunal Supremo de Justicia, ordenar la detención del extraditable al encontrarse formalizada la solicitud del estado requiriente, presupuesto procesal que fue cumplido en el presente caso.
