POR TANTO:
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en el numeral 1 del artículo 184 de la CPE y del numeral 1 del parágrafo I del art. 42 de la LOJ, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por Rosalva Sandy Pérez Yamamoto, contra el Auto de Vista Nº 01/2022 de 6 de enero, cursante de fs. 132 a 133.
Sin costas ni costos, en aplicación de los arts. 39 de la Ley N° 1178 de 20 de julio de 1990 y 52 del DS N° 23215 de 22 de julio de 1992.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
