Auto Supremo AS/0259/2022-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0259/2022-RA

Fecha: 19-Abr-2022

CONSIDERANDO I:ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Conforme los antecedentes contenidos en la demanda de fs. 73 a 77, subsanada a fs. 91 a 95 y reiterada a fs. 119, Gerardo Gerónimo Díaz Cordero y Jorge Adolfo Patiño Aramayo, iniciaron proceso ordinario de reivindicación de bien inmueble más pago de daños y perjuicios contra Efraín Oscar Marín Miranda y Julio Marín Duran, quienes una vez citados, el primero de ellos respondió negativamente a la demanda, reconvino por usucapión y opuso excepción previa de emplazamiento de terceros por memorial de fs. 243 a 251 vta.; por su parte Julio Marín Durán respondió negativamente a la demanda por memorial de fs. 254 a 258; desarrollándose de esta manera la causa hasta dictarse la Sentencia N° 352/2021 de 23 de septiembre, donde el Juez Público, Civil y Comercial N° 18 de la ciudad de La Paz, declaró PROBADA la demanda de reivindicación e IMPROBADA la demanda reconvencional de usucapión decenal o extraordinaria.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Efraín Oscar Marín Miranda y Julio Marín Durán mediante memorial de fs. 545 a 549, motivó que la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista N° 67/2022 de 25 de enero de fs. 569 a 572, por el que CONFIRMO el recurso de apelación deducido contra la Sentencia.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Efraín Oscar Marín Miranda y Julio Marín Duran, conforme memorial de fs. 575 a 578 vta.; recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.