POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los artículos 184. 1 de la Constitución Política del Estado y 5. I. 1 de la Ley Nº 620 de 29 de diciembre de 2014 declara INFUNDADO, el recurso de casación en el fondo de fs. 476 a 483, interpuesto por Grover Torrejón Martínez, en representación del Gobierno Autónomo del Departamento de Tarija-Sub gobernación O’ Connor.
Sin costas en aplicación de los arts. 39 de la ley N° 1178 de 20 de julio de 1990 y 52 del Decreto Supremo N° 23215 de 22 de julio de 1992.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
