POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda, del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los artículos 184. 1 de la Constitución Política del Estado y 42. I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de Porongo de fs. 359 a 364 vta., en consecuencia, mantiene firme y subsistente el Auto de Vista N° 141 de 23 de septiembre de 2021.
Sin costas ni costos, en aplicación del art. 39 de la Ley 1178.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
