POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 num.1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 400.II del Código de las Familias y del Procedimiento Familiar, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación cursante de fs. 160 a 164, interpuesto por María Elfi Blacutt Mollo contra el Auto de Vista N° 99/2022 de 23 de marzo de fs. 152 a 157, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
