AS/0322/2022
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0322/2022

Fecha: 23-Jun-2022

II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

La empresa Metal Mecánica “AIMET”, representado por Ronald Lanza, formuló recurso de casación, de fs. 61 a 63, señalando lo siguiente:

El Auto de Vista realizó una errónea interpretación de los arts. 182 del Código Procesal del Trabajo (CPT), además omitió aplicar el art. 179 concordante con el art. 3-j) de la misma norma adjetiva laboral; en ese sentido, erróneamente refirió que, la empresa demandada no aportó prueba alguna para desvirtuar el pago del desahucio e indemnización, debiendo aplicar el principio de presunción de los hechos afirmados en la contestación a la demanda.

Describió doctrina respecto las presunciones, la aplicación del “in dubio pro operario” sobre los hechos.

Petitorio

Alegó que, al no contar con prueba la parte demandante y haber negado enfáticamente en la contestación los hechos descritos en la demanda, se debió dar cumplimiento a lo dispuesto por el art. 179 del CPT; en tal sentido, solicitó CASE el Auto de Vista Nº 09/2021; se revoque la Sentencia de primera instancia y se realice una correcta liquidación de beneficios sociales.