I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
Sentencia
El Juzgado de Trabajo, Seguridad Social, de la niñez y adolescencia Nº 1 de Yacuiba, emitió la Sentencia de 12 de julio de 2019, de fs. 67 a 70, declarando PROBADA en parte la demanda de fs. 3 a 5 y subsanado a fs. 7 a 8; y dispuso el pago de Bs.12.286.- (Doce mil doscientos ochenta y seis 00/100 Bolivianos), por concepto de indemnización, vacación, aguinaldo y la multa, segundo aguinaldo “Esfuerzo por Bolivia” y multa; sin perjuicio de aplicarse el reajuste o actualización prevista en el Decreto Supremo Nº 28699.
Auto de Vista.
En conocimiento de la Sentencia, la empresa demandada, de fs. 72 a 73 y el demandante José María De la Vega Azurduy, de fs. 75, formularon recurso de apelación; que fueron resueltos por Auto de Vista N° 06/2022 de 28 de enero, emitido por la Sala Social, Seguridad Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal departamental de Tarija, de fs. 96 a 100; que REVOCÓ PARCIALMENTE la Sentencia; en consecuencia dispone que se sume a la liquidación final, el concepto del desahucio en el monto de Bs.7.416,00.- quedando como suma total adeudada el monto de Bs.19.702,00.-, sin costas.
