POR TANTO
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial y en aplicación de la Disposición Transitoria Sexta del Código Procesal Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 361 a 364, interpuesto por Franklin Lijerón Paz en representación de la Empresa Unipersonal Multiautos, contra el Auto de Vista Nº 743/2021 de 8 de noviembre, de fs. 358 a 359, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca.
Sin costas en aplicación de los arts. 39 de la Ley Nº 1170 y 52 del DS Nº 23215.
