II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia Nº 446/2019 de 29 de noviembre (fs. 89 a 97 vta.), el Tribunal de Sentencia Penal Tercero de El Alto del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Ariel Marcelo Chayra Orozco, culpable de la comisión del delito de Beneficios en razón del cargo, previsto y sancionado por el art. 147 del CP, imponiendo la pena privativa de libertad de tres años, más multa de cien días a razón de cinco bolivianos, con costas y pago de daños y perjuicios; y, absuelto de la comisión de los delitos de Cohecho pasivo propio, Uso de influencias e Incumplimiento de deberes, previstos y sancionados por los arts. 145, 146 y 154 del CP.
II.2. Apelación Restringida.
Contra la referida Sentencia, el imputado Ariel Marcelo Chayra Orozco, formuló Recurso de Apelación Restringida y memorial de subsanación (fs. 99 a 101 y 128 a 130), resuelto por el Auto de Vista N° 145/2020 de 15 de diciembre (fs. 136 a 140); emitido por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró admisible e improcedente el recurso planteado, confirmando la Sentencia recurrida.
