II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 15/16 de 1 de junio de 2016 (fs. 170 a 181), el Tribunal de Sentencia Penal Cuarto de El Alto del Tribunal Departamental de La Paz, declaró a: i) Francisco Mayta Cruz, Gabina Quispe Vela, David Barra Vino y Marisol Mendoza Quispe, autores de la comisión del delito de Amenazas, previsto y sancionado por el art. 293 del CP, imponiendo la pena de un año de reclusión, con costas; ii) Soledad Ana Mendoza Quispe, absuelta de la comisión del citado delito de Amenazas, porque la prueba aportada no fue suficiente para generar en el tribunal la convicción sobre su responsabilidad; y, iii) Todos los nombrados imputados, absueltos de la comisión del delito de Allanamiento tipificado por el art. 298 del CP, toda vez, que no se probó la acusación en el juicio oral.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, el querellante Alberto Ticona Marca (fs. 185 a 188), y los imputados David Barra Vino, Francisco Mayta Cruz, Gabina Quispe Vela y Marisol Mendoza Quispe (fs. 190 a 192), formularon recursos de apelación restringida, resueltos por el Auto de Vista 39/2018 de 18 de junio, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró improcedentes los recursos planteados; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.
