AS/0874/2022-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0874/2022-RA

Fecha: 29-Jul-2022

II. ANTECEDENTES

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

II.1. Sentencia.

Por Sentencia 05/2017 de 11 de abril (fs. 244 a 259 vta.), el Tribunal de Sentencia de Villazón del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, declaró a Marco Rodrigo Berrios Alvizu, AUTOR de la comisión del delito de falsedad ideológica tipificado y sancionado por el Art. 199 del Código Penal, con relación al delito de beneficios en razón del cargo previsto en el Art. 147 del CP, aplicando el principio Juria Novit Curia califican legalmente el hecho al tipo penal, efectuando la subsunción de los elementos constitutivos al tipo penal correcto, sin infringir el principio de congruencia que tiene una correlación entre la acusación y la sentencia, sin cambiar los hechos que han sido objeto del juicio, por consiguiente AUTOR de la comisión del delito de cohecho pasivo propio previsto y sancionado en el Art. 145 del CP, en virtud a que la prueba admitida, ha sido suficiente para generar en el Tribunal la convicción plena sobre su responsabilidad penal más allá de la duda razonable. Encontrando el Tribunal la concurrencia de infracción del Art. 45 referido al concurso real, toda vez que se ha probado que se ha vulnerado con su accionar dos tipos penales señalados, motivo por el cual la sanción penal ha sido en previsión a la pena más grave, en este caso el ilícito de cohecho pasivo propio; por lo que en aplicación del Art. 365 del CPP, se le condena a sufrir la pena de 5 años de privación de libertad y 50 días multa a razón de 100 Bs. por día…” (sic).

II.2. Apelación restringida.

Contra la referida Sentencia, el acusador particular José Luis Ramos Hoyos (fs. 261 a 265) y el imputado Marco Rodrigo Berrios Alvizu (fs. 303 a 306 vta.), formularon recursos de apelación restringida, resueltos por Auto de Vista 12/2022 de 25 de febrero, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, que declaró improcedentes los recursos planteados; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.