II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 3/2021 de 21 de enero (fs. 193 a 203), el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declaró a Fortunata Coa Esquivel, autora de la comisión del delito de Lesiones Leves, previsto en el art. 271 segundo párrafo del CP, imponiendo la pena de prestación de trabajo comunitario por el lapso de un año, con costas al Ministerio Público y a la víctima, siendo absuelta de los delitos de Amenazas y Robo Agravado; respecto a Braulio Tipolo Coa fue absuelto de los delitos endilgados en su contra.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, la imputada Fortunata Coa Esquivel, formuló recurso de apelación restringida (fs. 208 a 217 vta.) y previo memorial de subsanación respecto al segundo motivo de apelación desistido (fs. 235), la pretensión fue resuelta mediante Auto de Vista 145/2022 de 8 de abril, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, que declaró improcedente el recurso planteado; en consecuencia, confirmó la Sentencia.
