POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184. 1 de la Constitución Política del Estado y 42. I. 1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 295 a 297. Con costas y costos.
Se regula los honorarios del profesional abogado, en la suma de Bs. 1.000.- que manda pagar la Juez a quo.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
