AS/0422/2022
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0422/2022

Fecha: 31-Ago-2022

II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACION

Contra el referido Auto de Vista, la empresa Pancris SRL a través de su representante José Chain Sabag, interpuso Recurso de Casación en la forma y fondo, denunciando que, incurre:

1. Violación del principio de verdad material con referencia a las pruebas consistentes en planillas de sueldos y salarios, accidente de trabajo y declaración jurada, carentes de un análisis personal de cada una de las circunstancias propias del proceso, hechos que vulneran el art. 158 del Código Procesal del Trabajo (CPT).

2. Falta de objetividad y sana critica al momento valorar las planillas de pago adjuntas que demostrarían que el Sueldo Promedio Indemnizable de Rene José Montaño Herbas es de Bs. 3.254,40 y no Bs. 4.800,00 como estableció el Tribunal de instancia confirmado por el de Alzada.

3. De igual forma sucede en el caso de Marco Antonio Cuevas Bustamante, a quien se le estableció en primera instancia y confirmado en alzada, el sueldo promedio indemnizable de Bs. 8.000,00.- sin considerar las planillas de pago y sueldos que establecen un sueldo promedio real de Bs. 3.354,00., por lo que se fija un PSI de Bs. 6.552,00.-, aspecto que no fue objeto de consideración por Auto de Vista impugnado vulnerando el debido proceso.

4. Violación y aplicación indebida de la ley con respecto a la fundamentación jurídica establecida en Sentencia, con respecto al cumplimiento de lo dispuesto por los arts. 202 y 204 del CPT, que nuevamente fue objeto de falta de consideración por el de Alzada.

Petitorio.

Interpuesto el recurso de casación en la forma y fondo, solicita, se case el Auto de vista recurrido, y en el fondo a efectos de una emisión de nueva resolución en correcta aplicación de la ley.