III. MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
El recurrente denuncia, que el Tribunal de alzada no valoró los reclamos de apelación relacionados con el cumplimiento de la pena en un recinto penitenciario distinto al lugar de los hechos, tampoco consideró las circunstancias en la aplicación de la pena, no motivó debidamente el Auto de Vista impugnado al resolver el recurso de apelación restringida, pues no consideró las contradicciones que existían en relación a que cometió el tipo penal por el exceso del consumo de bebidas alcohólicas, y menos consideró la aplicación de las atenuantes especiales y la semi-imputabilidad, previstos en los arts. 39 y 18 del CP, respectivamente.
Al efecto, invoca en calidad de precedentes contradictorios a los Autos Supremos 109 de 29 de abril de 2010, 82/2012 de 19 de abril, 418/2013 de 30 de agosto y 443 de 11 de octubre de 2006.
