III. MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De acuerdo al Auto Supremo 375/2022-RA de 3 de mayo, corresponde el análisis de fondo del siguiente motivo:
El recurrente denuncia que, el Tribunal de Alzada lo único que hubiera realizado es rechazar in limine su Recurso de Apelación Restringida, con el argumento de una supuesta presentación errónea del Recurso de Apelación del ahora recurrente, cuando dicho defecto lo hubiera cometido la gestora de procesos.
