III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De acuerdo al Auto Supremo Nº 146/2022-RA de 28 de marzo, corresponde el análisis de fondo del siguiente motivo:
El recurrente manifiesta que en su apelación restringida denunció defectos de sentencia conforme el art. 370 inc. 5) del CPP, mencionando que las autoridades bajo el mandato del art. 118 de la CPE, realizaron el cambio de tipo penal de Violación a Abuso Sexual, en razón a que no encontraron prueba suficiente para juzgarle por el delito de Violación, puesto que dicha prueba aportada por el Ministerio Público y la víctima fueron suficiente para juzgarle por el delito de Abuso Sexual, por lo que el recurrente menciona que el Auto de Vista, tenía la ineludible obligación de resolver todos y cada uno de los puntos de su recurso planteado fundamentando debidamente de manera separada cada agravio, toda vez que, en una resolución y mucho más en una sentencia en la que está de por medio la libertad de las personas, la fundamentación debe ser lo primordial a objeto de que el condenado a esa sentencia tenga certeza de que realmente se lo está condenando por haber cometido el delito y no por capricho.
