II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 5/2016 de 27 de octubre (fs. 1237 a 1248), el Juzgado de Sentencia Penal de Achacachi del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a los imputados: i) Gregorio, Clemente y Lino, todos de apellidos Mendoza Velasco, Edwin Mamani Mendoza y Celia Quino Choque; absueltos de pena y culpa de la comisión de los delitos de Allanamiento de Domicilio o sus Dependencias y Asociación Delictuosa; y, culpables de la comisión del delito de Amenazas, imponiendo la sanción de 8 meses de reclusión; y, ii) Eusebia Mendoza Velasco, Rosa Velasco Condori, Remedios Mendoza Velasco y Guillermo Carvajal Balboa, absueltos de la comisión de los citados delitos.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, los imputados Gregorio, Clemente y Lino, todos de apellidos Mendoza Velasco y Edwin Mamani Mendoza, formularon recurso de apelación restringida (fs. 1275 a 1276 y vta.), resuelto por Auto de Vista 54/2020 de 5 de agosto, emitido por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; que declaró improcedente el recurso planteado; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.
