AS/1102/2022-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1102/2022-RRC

Fecha: 30-Ago-2022

III. MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

De acuerdo al Auto Supremo Nº 056/2022-RA de 2 de marzo (fs. 113 a 115 vta.), corresponde el análisis de fondo del siguiente motivo:

Expresa que, el Auto de Vista impugnado vulneró el derecho al debido proceso en su vertiente de legalidad, derecho a la defensa y a obtener una resolución debidamente fundamentada, por incumplir lo establecido en el art. 399 de CPP; puesto que, se practicaron notificaciones en direcciones incorrectas, siendo que cambió el patrocinio de abogados en las diferentes etapas del proceso, aspecto que se advierte en la providencia de 7 de junio, que fue notificado el 12 de junio del 2019, en el domicilio procesal del abogado Elmer Marcos Copa Gutiérrez, siendo que el referido profesional ya no se constituye como su defensor, aspecto que no fue tomado en cuenta por el Tribunal de alzada, razón por la cual no tuvo conocimiento de ese actuado, conculcando de esa manera su derecho a la defensa consagrado en el art. 119 II de la Constitución Política del Estado, poniéndole en indefensión, ya que atenta a su derecho fundamental reconocido en el art. 180 de la CPE, que garantiza una justicia transparente, legal, debido proceso e igualdad entre partes ante el juez; no obstante, el Auto de Vista emitió fundamento basado en el trámite previo de la Resolución y justificó su decisión por el incumplimiento de plazos, incumpliendo lo establecido en el art. 399 del CPP, al obviar pronunciamiento expreso mediante resolución fundamentada sobre la admisibilidad o inadmisibilidad, no ejerciendo el debido control jurisdiccional, vulnerando el art. 124 del CPP.