POR TANTO
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, en aplicación del artículo 423 del Código de Procedimiento Penal declara INADMISIBLE el recurso de revisión de sentencia condenatoria ejecutoriada presentado por José Luis Mamani Pinaya contra la Sentencia de 12 agosto de 2021, salvando el derecho reconocido en el art. 427 del CPP.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
