POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, CASA el Auto de Vista Nº 058/2016 de 12 de agosto, de fs. 410 a 413; y, deliberando en el fondo, declara IMPROBADA la demanda, de fs. 4 a 5, aclarada a fs. 8 vta., disponiendo la devolución de lo indebidamente cobrado por los actores, en ejecución de fallos. Sin responsabilidad por ser excusable.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
