AS/0547/2022
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0547/2022

Fecha: 19-Sep-2022

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO.

Resolución de la Comisión Nacional de Prestaciones.

Iniciado el trámite de cotización de compensaciones, la Comisión Nacional de Prestaciones (CNP) del SENASIR, por Resolución Nº 5718 de 5 de agosto de 2021, de fs. 52, OTORGÓ a favor de María del Carmen Fernández Sánchez de Obando, el Formulario de Cálculo de Compensación de Cotizaciones Nº 110669, en el que consideró un monto de Compensación de Cotizaciones de Bs. 16.178,06 (Dieciséis Mil Ciento Setenta y Ocho 06/100 Bolivianos).

Resolución de la Comisión de Reclamación

Formulado el recurso de reclamación de fs. 58, por María del Carmen Fernándeznchez de Obando, la Comisión de Reclamación del SENASIR mediante Resolución Comisión de Reclamación Nº 303/21 de 24 de noviembre de 2021, de fs. 95 a 89, CONFIRMÓ la Resolución Nº 5718 de 5 de agosto de 2021, de fs. 52, emitida por la Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto, por encontrarse de acuerdo a los datos del expediente y normativa vigente.

Auto de Vista.

Contra la Resolución de la Comisión de Reclamación Nº 303/21 de 24 de noviembre de 2021, María del Carmen Fernández Sánchez, interpuso Recurso de Apelación, de fs. 107. Posteriormente la Sala Primera Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante Auto de Vista Nº 006/2022 de 16 de febrero, de fs. 123 a 120, REVOCÓ en parte la Resolución Nº 303/21 de 24 de noviembre de 2021, de fs. 89 a 95, pronunciada por la Comisión de Reclamación del SENASIR; disponiendo que el SENASIR agregue al cálculo efectuado de compensación de cotizaciones el periodo comprendido del 1 de agosto de 1992 al 31 de diciembre de 1993, tomando en cuenta los parámetros, la documentación y las normas referidas en el Auto de Vista recurrido.