I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
Sentencia.
El Juez Séptimo de Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, emitió la Sentencia N° 30 de 30 de julio de 2021, de fs. 229 a 237; que declaró PROBADA en parte la demanda laboral; disponiendo que la empresa demandada pague a favor del actor la suma de Bs. 86.016,65.- (Ochenta y seis mil dieciséis 65/100 Bolivianos), por concepto de desahucio, indemnización, sueldos devengados y la multa del 30%; conforme la liquidación efectuada; más la actualización prevista en el art. 9 del Decreto Supremo (DS) Nº 28699, que deberá ser calculada en ejecución de Sentencia.
Auto de Vista.
En conocimiento de la Sentencia, la empresa “Bolco Bolivia Constructora SRL”, interpuso recurso de apelación de fs. 243 a 245; que fue resuelto por Auto de Vista N° 73 de 29 de abril de 2022, emitido por la Sala Social, Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Tributaria del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, de fs. 261 a 264; que CONFIRMÓ la Sentencia; con costas.
