POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 271 a 276, interpuesto por la empresa Bolco Bolivia Constructora SRL, representado por Rurick Alfredo Rojas Gutiérrez, contra el Auto de Vista N° 73 de 29 de abril de 2022, emitido por la Sala Social, Contenciosa y Contenciosa Administrativa y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz de fs. 261 a 264, con costas.
Se regula el honorario profesional del abogado en Bs.2.000.- (Dos mil 00/100 Bolivianos), que manda a pagar el Juez de primera instancia.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
