II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 04/2022 de 01 de febrero de 2022 (fs. 360 vlta., a 366 vlta.), el Tribunal 3° de Sentencia del Tribunal Departamental de Juisticia de Potosí, declaró a Samuel Bejarano Gutierrez, absuelto de la comisión del delito de Violación de infante, niño, niña y adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 bis del CP, porque los hechos desritos y la prueba presentada en juicio no fue suficiente para generar su responsabilidad penal.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, el Ministerio Público (fs. 378 a 382 vta.) y Samuel Bejarano Gutierrez (fs. 390 a 400), formularon recurso de apelación restringida, siendo resueltos por el Auto de Vista N° 52/2022 de 20 de julio, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, que declaró procedente el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público y en el fondo anuló totalmente la Sentencia impugnada, con reenvío para la realización de un nuevo juicio.
