II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 73 de 09 de julio de 2019 (fs. 53 a 56), el Juez de Sentencia Penal Primero de Vinto del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Paulina Méndez Avendaño, autora de la comisión del delito de Tráfico, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al inc. m) del art. 33 de la Ley 1008, imponiendo la pena de 10 años y 6 meses de presidio, a cumplir en el Recinto Penitenciario de San Sebastián del Departamento de Cochabamba, más el pago de quinientos días multa a razón de veinte centavos de boliviano por día, con costas y pago de la responsabilidad civil a favor del Estado.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, la imputada Paulina Méndez Avendaño (fs. 58 a 61 vta.) formuló recurso de apelación restringida, resuelto por Auto de Vista 241/2021 de 25 de junio, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró admisible e improcedente el recurso planteado; en consecuencia, confirmó la sentencia apelada.
