II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 07/2021 de 27 de octubre, a fs. 111-119, el Tribunal Primero de Sentencia, Juzgado Público de la Niñez y Adolescencia de Partido de Trabajo y de Seguridad Social con asiento en Huanuni del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró a Maury Brayan Tapia Mamani y José Luís Calani Roque, autores del delito de Homicidio conforme el art. 251 del CP, imponiéndo la pena de quince años de presidio más el pago de doscientos días multa a razón de Bs.1.- por día, así de pago de costas y responsabilidad civil a favor de la víctima.
II.2. Apelación restringida.
Contra la mencionada Sentencia, los hoy recurrentes promovieron apelación restringida, motivando la emisión del Auto de Vista 42/2022 de 12 de mayo, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, que los declaró improcedentes.
