II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia de 06 de febrero de 2017 (fs. 758 a 779), el Tribunal de Sentencia Penal Tercero del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a: Esequiel Meneses Morales, autor y culpable de la comisión de los delitos de Violación de Niño, Niña, Adolescente y Asesinato, previstos y sancionados por los arts. 308 bis. y 252 inc. 2), 3), 4), 6) y 7) del CP imponiendo la pena de de 30 años de presidio sin derecho a indulto; Rodrigo Salazar Blanco, Luis Antonio Camacho Flores y Rubén Meneses Virreira absueltos de la comisión de los citados delitos, además de encubrimiento en el caso del último de los nombrados.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, Ezequiel Meneses Morales (fs. 791 a 792 vta.) y Primitiva Camacho Soto (fs. 806 a 811 vta.), formularon recursos de apelación restringida, resueltos por Auto de Vista 34/2022 de 18 de abril, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declarando improcedentes los recursos planteados; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.
