POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en observación del segundo párrafo del art. 125 del CPP, resuelve declarar: NO HA LUGAR a la consideración de la solicitud impetrada por Miguel Ángel Ibáñez Álvarez, por su presentación extemporánea.
Regístrese y hágase saber.
FDO.
M.sc. Olvis Eguez Oliva
Presidente de Sala Penal
Dr. Edwin Aguayo Arando
Magistrado de Sala Penal
M.Sc. Rommel Palacios Guereca
Secretario de Sala Penal
